Artículo 2451 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título noveno. Del mandato · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
El mandato verbal es el otorgado de palabra entre presentes, hayan o no intervenido testigos.
Para que un mandato sea verbal, el interés del negocio no debe exceder de cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Cuando el mandato se otorgue en forma verbal, deberá ratificarse en un simple escrito, antes de que concluya el negocio para que se dio.