Artículo 2590 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título decimoprimero. De las asociaciones, fundaciones y sociedades · Capítulo II. De las sociedades disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Cualquiera de los socios o quien hubiere contratado con la sociedad podrán exigir a ésta, a través de la administración, que se otorgue al contrato de sociedad la forma legal, cuando faltare ésta.
Entre la acción para pedir la disolución y liquidación de la sociedad por falta de forma legal y la que se ejercita para que la formalidad se otorgue, prevalecerá la última, mientras no exista sentencia ejecutoriada.