Artículo 2616 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título decimoprimero. De las asociaciones, fundaciones y sociedades · Capítulo V. De la administración de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
El socio o socios administradores están obligados a rendir cuentas siempre que lo pidan los socios que representen por lo menos la tercera parte del capital social, aún cuando no sea la época fijada en el contrato de sociedad.