Artículo 170 del Código Penal de Chihuahua
Libro segundo · Parte especial · Título cuarto. Delitos contra la libertad personal · Capítulo VI. Retención y sustracción de personas menores de edad o de quien no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 29 de agosto de 2026
Se impondrá de uno a cinco años de prisión, multa de cien a quinientos días y suspensión de los derechos respecto de la víctima, en su caso, al ascendiente, descendiente, pariente colateral o afín hasta el cuarto grado, que retenga o sustraiga a una persona menor de edad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho, en los siguientes casos:
I.Que haya perdido la patria potestad o ejerciendo ésta se encuentre suspendida o limitada;
II.No tenga la guarda y custodia provisional o definitiva o la tutela sobre él;
III.No permita las convivencias decretadas por resolución judicial; o
IV.Teniendo la guarda y custodia compartida, no devuelva a la persona menor de edad en los términos de la resolución que se haya dictado para ello. Este delito se investigará previa querella.