Artículo 180 del Código Penal de Chihuahua
Libro segundo · Parte especial · Título quinto. Delitos contra la libertad y la seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual · Capítulo VI. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 29 de agosto de 2026
Además de las sanciones establecidas en los artículos anteriores, al sentenciado por el delito de violación se le decretará:
I.Vigilancia de la autoridad.
Il. Prohibición de ir a una circunscripción territorial determinada o residir en ella.
Lo anterior se podrá imponer en el resto de los delitos previstos en el presente Título.