CPCHIH · Art. 184 Bis

Artículo 184 Bis del Código Penal de Chihuahua

Libro segundo · Parte especial · Título sexto. Delitos contra la evolución o desarrollo de la personalidad · Capítulo I. Delitos contra la formación de las personas menores de edad y protección integral de personas que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho.

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 29 de agosto de 2026

A quien, con fines lascivos, mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación o cualquier otro medio, contacte a persona menor de dieciocho años para concertar un encuentro físico u obtener imágenes, textos, grabaciones de audio o video de contenido erótico o sexual, se le impondrá de uno a tres años de prisión, de cien a trescientos días multa y el sometimiento a tratamiento integral especializado enfocado a la erradicación de la violencia sexual.

No se aplicará sanción alguna cuando la víctima sea mayor de catorce años, pero menor de dieciocho años de edad y, por su desarrollo y madurez se establezca de manera objetiva y razonable, que hubo consentimiento válido por no existir una relación asimétrica de poder o cualquier otra condición desfavorable de desigualdad respecto del sujeto activo, que viciara ese consentimiento.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Chihuahua)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • [Artículo adicionado mediante Decreto No. LXVI/RFCOD/0791/2020 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 08 del 27 de enero de 2021]

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 36 notas de reforma referidas a encabezados (libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo
  • Texto tomado del PDF oficial (sin el encabezado repetido de cada página); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF.
  • Epígrafes: tomados del .docx oficial de la misma edición (https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/codigos/archivosCodigos/74.docx), donde el epígrafe es un párrafo propio; se comprobó que cada epígrafe es el inicio literal del artículo en el PDF.
  • Las notas editoriales de la fuente entre corchetes ('[Artículo reformado mediante Decreto No. …]') van en nota_reforma del artículo, no en el texto.
  • Rótulos agrupados de la fuente ('Artículos 199 y 200 derogados', 'Artículo del 289 al 292. Derogados.'): cada número del grupo se publica como artículo derogado con el rótulo literal como texto (la fuente no trae texto propio para cada uno): 199 y 200, 289 al 292, 334 al 344
  • Transitorios agrupados por el encabezado de cada decreto de reforma ('DECRETO No. …' o 'Publicado en el Periódico Oficial …'); los decretos sin encabezado propio quedan con el decreto anterior.

Transitorios (28 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 184 Bis, Código Penal de Chihuahua (Chihuahua). Texto vigente, última reforma 29 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-184-bis/

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