Artículo 37 del Código Penal de Chihuahua
Concepto y duración
Libro primero. Disposiciones generales · Título tercero. Consecuencias jurídicas del delito · Capítulo VII. Semilibertad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 29 de agosto de 2026
El tratamiento en semilibertad comprende la alternancia de períodos de privación de la libertad y tratamiento en libertad, con fines laborales, educativos o de salud, que establezcan los estudios sobre personalidad que emita la Fiscalía, que conduzcan a la reinserción social y podrá consistir en:
I.Externación durante la semana de trabajo, con reclusión de fin de semana;
II.Salida de fin de semana con reclusión durante el resto de ésta;
III.Salida diurna con reclusión nocturna; o
IV.Salida nocturna con reclusión diurna.
La semilibertad podrá imponerse como pena autónoma o como sustitutiva de la prisión. En este último caso, la duración no podrá exceder de la que corresponda a la pena de prisión sustituida. En todo caso, la semilibertad se cumplirá bajo el cuidado de la autoridad ejecutora.