Artículo 62 del Código Penal de Chiapas
Libro primero · Parte general · Título tercero. Consecuencias jurídicas del delito · Capítulo X. Semilibertad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 29 de abril de 2026
La semilibertad, es la alternación de periodos de privación de libertad y de tratamiento en libertad. Se aplicará, según las circunstancias del caso, del siguiente modo:
I.Externación durante la semana educativa o de trabajo.
II.Salida de fin de semana, con reclusión durante el resto de ésta.
III.Salida diurna con reclusión nocturna.
IV.Salida nocturna con reclusión diurna.
La semilibertad, podrá imponerse como pena autónoma o como sustitutiva de la prisión. En este último caso, la duración no podrá exceder de la que corresponda a la pena de prisión sustituida.
En todo caso, la semilibertad se cumplirá bajo el cuidado de la autoridad competente.