CCCOAH · Art. 1027

Artículo 1027 del Código Civil de Coahuila

Libro tercero. Del derecho hereditario · Título tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo V. Del testamento privado

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

Cuando no sea posible testar ante notario, podrá el testamento ser privado, sí además:

I.El testador es atacado de una enfermedad o ha sufrido un accidente, tan violentos y graves, que no den tiempo para que concurra un notario.

II.El testador está en una población incomunicada por razón de epidemia, aunque él no se halle atacado de ésta.

III.El testador está en una plaza sitiada o incomunicada por cualquiera causa temporal y de fuerza mayor.

IV.El testador es militar o asimilado del ejército y ha entrado en campaña o se encuentra prisionero de guerra.

V.No hay notario en el lugar o juez que actúe por receptoría.

VI.Cuando, aunque haya notario o juez en el lugar, sea imposible, o por lo menos muy difícil, que concurran al otorgamiento del testamento.

Leer de corridodentro de Título tercero. De la forma de los testamentos

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
981ea65bbe8f…
Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.
  • 72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'
  • número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'
  • Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.

Transitorios (44 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 1027, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1027/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.