Artículo 1113 del Código Civil de Coahuila
Libro tercero. Del derecho hereditario · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo IV. De la apertura y de la reclamación de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Quienes pretendan tener derecho a una herencia y se presenten después de la declaración de herederos, pueden pedir que se les reconozca su calidad de herederos dentro del mismo juicio sucesorio, en la vía incidental, hasta antes de que se apruebe el inventario y avalúo.