Artículo 118 del Código Civil de Coahuila
Libro primero. Del derecho de las personas · Título segundo. De las personas físicas · Capítulo IX. De los ausentes e ignorados · Sección segunda. De los efectos de la declaración de ausencia.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Si son varios los herederos y los bienes admiten cómoda división, cada uno administrará la parte que le corresponda.