CCCOAH · Art. 1588

Artículo 1588 del Código Civil de Coahuila

Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo III. Del uso y de la habitación

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026

En la familia, se comprenden también los hijos nacidos después de comenzar el derecho de uso o de habitación. Se comprenden además los hijos adoptivos y los reconocidos legalmente, aun cuando la adopción o el reconocimiento se hayan producido después de haber surgido el derecho. Se comprenden, finalmente, las personas que conviven con el titular del derecho para prestar a él o a su familia sus servicios.

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza)
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Cómo citar

Artículo 1588, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1588/

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