Artículo 1635 del Código Civil de Coahuila
Libro cuarto. De los bienes, de los derechos realesy de la posesión · Título tercero. De las diferentes clases de derechos reales · Capítulo IV. De las servidumbres · Sección cuarta. De la servidumbre legal de acueducto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Quien se aproveche de un acueducto debe construir y conservar los puentes, canales, conductos subterráneos y demás obras necesarias, para que no se perjudique el derecho de otra persona.