Artículo 1952 del Código Civil de Coahuila
Libro quinto. De los hechos, los actos y los negocios jurídicos · Título tercero. De los negocios jurídicos · Capítulo III. De los elementos de validez del negocio jurídico · Sección primera. De la capacidad y la representación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
Cuando la representación fuere conferida por el representado, para la validez del negocio celebrado por el representante bastará que éste tenga la capacidad de entender y de querer, teniendo en cuenta la naturaleza y el contenido del negocio, siempre que el representado sea legalmente capaz.
En todo caso, para la validez del negocio concluido por el representante es necesario que el acto no le éste prohibido al representado