Artículo 2405 del Código Civil de Coahuila
Libro sexto. De las obligaciones · Título sexto. De la transmisión de las obligaciones · Capítulo I. De la cesión de derechos · Sección primera. De la cesión ordinaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El cedente está obligado a garantizar la existencia o legitimidad del crédito al tiempo de hacerse la cesión, a no ser que aquél se haya cedido con el carácter de dudoso.