Artículo 3390 del Código Civil de Coahuila
Libro séptimo. De los negocios jurídicos nominados bilaterales y plurilaterales. (de los contratos en particular) · Título decimonoveno. De los contratos accesorios · Capítulo III. De la anticresis
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza el 10 de abril de 2026
El contrato de anticresis se otorgará en escritura pública, y en él se declarará si el capital causa interés y la manera como el acreedor ha de administrar el inmueble.