Artículo 2881 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Tercera parte · Titulo primero. De la concurrencia y prelación de los créditos · Capitulo II. De los créditos hipotecarios y pignoraticios y de algunos otros privilegios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
Los acreedores que obtuvieren la separación de bienes no podrán entrar al concurso del heredero, aunque aquéllos no alcancen a cubrir sus créditos.