Artículo 2885 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Tercera parte · Título primero. De la concurrencia y prelación de los créditos · Capítulo II. De los créditos hipotecarios y pignoraticios y de algunos otros privilegios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Los acreedores que obtuvieren la Separación de Bienes, no podrán entrar al concurso del heredero, aunque aquéllos no alcancen a cubrir sus créditos.