Artículo 72 del Código Penal de Colima
Criterios para la Individualización de la Sanción Penal o Medida de Seguridad
Libro primero · Parte general · Título cuarto. Aplicación de penas y medidas de seguridad · Capítulo I. Reglas generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 10 de octubre de 2026
La autoridad jurisdiccional al dictar sentencia condenatoria, determinara la pena y medida de seguridad establecida para cada delito y las individualizara dentro de lo límites establecidos, tomando en consideración lo que al respecto establece el Código Nacional de Procedimientos Penales.