Artículo 2584 del Código Civil de Durango
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies del contrato · Título décimo primero. De las asociaciones y de las sociedades i de las asociaciones · Capítulo II. De los socios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente por la responsabilidad limitada o solidaria de los socios que administren, los demás socios, salvo convenio en contrario, sólo estarán obligados con su aportación.