Artículo 2029 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título décimo quinto. De las sociedades · Capítulo II. De los socios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente por la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios que administren; los demás socios, salvo lo que se establezca en el acto constitutivo de la sociedad, sólo estarán obligados con su aportación.