Artículo 333 Bis del Código Civil de Durango
Libro primero. De las personas · Título séptimo. De la paternidad y filiación · Capítulo I. De las hijas y los hijos de matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
La ley no establece distinción alguna entre los derechos derivados de la filiación de los padres y las hijas e hijos respectivamente, cualquiera que sea su origen.
REFORMADO POR DEC. 321 P.O. 23 DE FECHA 19 DE MARZO DE 2023