Artículo 166 del Código Penal de Durango
Libro segundo. De los delitos · Titulo primero. Delitos contra las personas · Subtítulo segundo. Delitos contra la libertad y seguridad personal · Capitulo V. Retención y sustracción de niñas, niños o adolescentes o personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
Cuando el sujeto devuelva espontáneamente a la niña, niño o adolescente o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la comisión del delito, se le impondrá una tercera parte de las penas antes señaladas para el caso particular.
ARTICULO REFORMADO POR DEC. 08, P.O. 98 DE 9 DE DICIEMBRE DE 2018.
ARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 364, P.O. 103 BIS DEL 25 DE DICIEMBRE DE 2025.