Artículo 3.44 del Código Civil del Estado de México
Inscripción de asentamiento de actas en el Registro Civil
LIBRO TERCERO. Del Registro Civil · TITULO SEGUNDO. De las Actas · CAPÍTULO VIII. Expedición de acta por rectificación para el reconocimiento de identidad de género
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
El acta de nacimiento primigenia quedará resguardada y no se publicará ni expedirá constancia alguna, salvo mandamiento judicial, petición ministerial o por el interesado.