CCEDOMEX · Art. 3.43

Artículo 3.43 del Código Civil del Estado de México

Legitimación para pedir la rectificación de acta

LIBRO TERCERO. Del Registro Civil · TITULO SEGUNDO. De las Actas · CAPÍTULO VIII. Expedición de acta por rectificación para el reconocimiento de identidad de género

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026

Para la rectificación y expedición del acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género, las personas interesadas deberán presentar ante el Registro Civil:

I.Manifestar el nombre completo del solicitante;

II.Señalar los datos registrales asentados en el acta primigenia;

III.Proporcionar el nuevo nombre que solicita sin apellidos;

IV.Señalar el género solicitado;

V.Señalar bajo protesta que lo hace de forma personal y voluntaria, y

VI.Firma y huella dactilar.

Además, se acompañará de la siguiente documentación:

I.Copia certificada del acta de nacimiento directa del libro de registro;

II.Original y copia fotostática de su identificación oficial, y

III.Comprobante de domicilio.

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
29c2c2d41d37…
Última reforma
(Gaceta del Gobierno del Estado de México)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • art. 4.146 Bis: el rubro no trae la palabra 'Artículo' en la fuente ('4.146 Bis.- El área del R').
  • art. 4.146 Ter: el rubro no trae la palabra 'Artículo' en la fuente ('4.146 Ter.- En el Registr').
  • epígrafe sin negritas en la fuente, tomado como epígrafe: 'Alimentos y Gastos de los animales de compañía'
  • art. 4.397 Quinquies: el rubro no trae la palabra 'Artículo' en la fuente ('4.397 Quinquies.- Las per').
  • art. 4.397 Quater: la palabra 'Artículo' del rubro del art. 4.397 Quinquies aparece al final del último párrafo de este artículo en la fuente; se quitó de `texto`.
  • art. 4.18: su último párrafo termina sin puntuación ('moniales. Criterios para la valoración del trabajo del hogar'); probablemente es el epígrafe del art. 4.18 Bis pegado al párrafo en la fuente. Se deja literal en `texto`.
  • La fuente no trae notas de reforma por artículo; nota_reforma = null. La historia de reformas está en `tabla_reformas` (tabla 'Reformas y adiciones' al final del documento oficial).
  • La fuente solo incluye los transitorios del texto original; los transitorios de los decretos de reforma no vienen en el documento (solo su fila en la tabla de reformas).
  • Vigencia cruzada con el listado de decretos de la LXII Legislatura (legislacion.congresoedomex.gob.mx/asuntosparlamentarios/decretos, consultado 2026-10-07): ningún decreto posterior a DECRETO NÚMERO 333 ARTÍCULO ÚNICO reforma este código. El Periódico Oficial (legislacion.edomex.gob.mx) no responde desde este host, no se pudo cotejar contra la Gaceta.

Transitorios (1 bloque)

Cómo citar

Artículo 3.43, Código Civil del Estado de México (Estado de México). Texto vigente, última reforma 16 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-3-43/

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