Artículo 3.45 del Código Civil del Estado de México
Mandato especial para actos ante el Registro Civil
LIBRO TERCERO. Del Registro Civil · TITULO SEGUNDO. De las Actas · CAPÍTULO VIII. Expedición de acta por rectificación para el reconocimiento de identidad de género
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
A petición de la persona interesada, una vez que el trámite de rectificación de acta para el reconocimiento de identidad de género sea concluido, el registro civil deberá enviar vía oficio a las dependencias públicas y privadas para que hagan las modificaciones correspondientes a los documentos personales respectivos.