Artículo 4.115 del Código Civil del Estado de México
Prohibición de la investigación de la paternidad
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO CUARTO. Del Parentesco y los Alimentos · CAPITULO I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
En los casos en que la inseminación artificial se efectué con esperma proveniente de bancos o instituciones legalmente autorizadas, no se dará a conocer el nombre del donante ni habrá lugar a investigación de la paternidad.