Artículo 4.15 del Código Civil del Estado de México
Matrimonio de mexicanos en el extranjero
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO PRIMERO. DE LA FAMILIA Y EL MATRIMONIO · CAPÍTULO I BIS. DE LOS REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Tratándose de mexicanos que se casen en el extranjero y que se domicilien en el Estado, pueden solicitar la trascripción del acta de matrimonio en la Oficialía del Registro Civil que corresponda.
Los efectos civiles, se retrotraerán a la fecha de la celebración del matrimonio.