Artículo 313 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo II. Matrimonio · Sección segunda. Requisitos para contraer matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Respecto a la trascripción en el Registro Civil del acta de celebración de matrimonio de los mexicanos que se casen en el extranjero y que se domicilien en el territorio del Estado de Puebla, se aplicará lo dispuesto por la legislación federal.