Artículo 5.182 del Código Civil del Estado de México
Predios inferiores sirvientes de desagüe
LIBRO QUINTO. De los Bienes · TITULO SEXTO. De las Servidumbres · CAPITULO III. De la Servidumbre Legal de Desagüe
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que naturalmente, o como consecuencia de las mejoras agrícolas o industriales que se hagan, caigan de los superiores, así como la piedra o tierra que arrastren en su curso.