Artículo 6.168 del Código Civil del Estado de México
División de herencia entre hijos de hermanos
LIBRO SEXTO. De las Sucesiones · TITULO CUARTO. De la Sucesión Legítima · CAPITULO V. De la Sucesión de los Colaterales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
A falta de hermanos, sucederán los hijos de éstos, dividiéndose la herencia por estirpe.