Artículo 6.38 del Código Civil del Estado de México
Plazo para pedir la incapacidad
LIBRO SEXTO. De las Sucesiones · TITULO SEGUNDO. De la Sucesión por Testamento · CAPITULO III. De la Capacidad para Heredar
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
La acción para declarar la incapacidad, prescribe en un año, a partir de la declaración o reconocimiento de herederos o legatarios.