CPEDOMEX · Art. 32

Artículo 32 del Código Penal del Estado de México

LIBRO PRIMERO · TITULO TERCERO. PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD · SUBTITULO PRIMERO · CAPITULO III. REPARACION DEL DAÑO

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 25 de septiembre de 2026

En orden de preferencia, tienen derecho a la reparación del daño:

I.La víctima;

II.El ofendido;

III.Las personas que dependieran económicamente de él;

IV.Sus descendientes, cónyuge o concubinario;

V.Sus ascendientes;

VI.Sus herederos; y

VII.El Estado a través de la institución encargada de la asistencia a las víctimas del delito.

Sobre este texto
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7d788d382d51…
Última reforma
(Gaceta del Gobierno del Estado de México)

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Cómo citar

Artículo 32, Código Penal del Estado de México (Estado de México). Texto vigente, última reforma 25 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-32/

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