Artículo 337 del Código Penal del Estado de México
LIBRO SEGUNDO · TÍTULO SEXTO. DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN · CAPÍTULO IV. ABUSO DE AUTORIDAD
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 25 de septiembre de 2026
También comete el delito de abuso de autoridad, el servidor público que autorice o expida licencia de funcionamiento, que permita la venta de bebidas alcohólicas, sin que se hayan cumplido las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.
Al responsable de este delito, se le impondrán de tres a cinco años de prisión y de quinientos a dos mil días multa, la destitución e inhabilitación correspondiente, para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.