Artículo 2008 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero · Segunda Parte. De las diversas especies de contrato · Título Séptimo. Del comodato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Cuando el préstamo tuviera por objeto cosas consumibles, sólo será comodato si, por voluntad de las partes, se altera su destino natural, de tal manera que se utilicen sin ser consumidas y se restituyan idénticamente.