Artículo 2804 del Código Civil de Guanajuato
Libro cuarto. De las sucesiones · Título Tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo III. Del testamento público cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Toda persona que tuviere en su poder un testamento cerrado y no lo presente, como está prevenido en los artículos 2764 y 2765, o lo sustraiga dolosamente de los bienes del finado, incurrirá en la sanción si fuere heredero por intestado, de pérdida del derecho que pudiera tener, sin perjuicio de la pena que le corresponda conforme al Código Penal.