Artículo 55 del Código Civil de Guanajuato
Libro primero. De las personas · Título Cuarto. Del Registro Civil · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Los archivos de las Oficialías del Registro Civil estarán constituidos por los libros registrales originales y apéndices, así como los resguardos electrónicos, digitales o técnicos correspondientes.
El Archivo Estatal del Registro Civil estará conformado por libros registrales duplicados y éstos a su vez con resguardos electrónicos, digitales o técnicos que permitan la conservación de la información registral.