Artículo 1038 del Código Civil de Guerrero
Libro tercero. De los bienes y derechos reales · Titulo quinto. De las servidumbres · Capítulo V. De la servidumbre legal de paso
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La acción para reclamar esta indemnización será prescriptible; pero aunque prescriba, no cesa por este motivo el paso obtenido.