Artículo 1065 del Código Civil de Guerrero
Libro tercero. De los bienes y derechos reales · Titulo quinto. De las servidumbres · Capítulo IX. Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que esté constituida alguna servidumbre voluntaria
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Si de la conservación de dichas obras se siguiere algún perjuicio al predio dominante, el dueño del sirviente estará obligado a restablecer los bienes a su antiguo estado y a indemnizar de los daños y perjuicios.