Artículo 1274 del Código Civil de Tabasco
Conservación
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo séptimo. Delas servidumbres · Capitulo vii.. Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que está constituida alguna servidumbre voluntaria.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Si de la conservación de dichas obras se siguiere perjuicio al predio dominante, el dueño del sirviente estará obligado a restablecer las cosas en su antiguo estado y a indemnizar de los daños y perjuicios.