Artículo 1276 del Código Civil de Tabasco
Cómo se decidirán las dudas
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo séptimo. Delas servidumbres · Capitulo vii.. Derechos y obligaciones de los propietarios de los predios entre los que está constituida alguna servidumbre voluntaria.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Cualquier duda sobre la forma de usar y sobre la extensión de la servidumbre, se decidirá en el sentido menos gravoso para el dueño del predio sirviente, sin imposibilitar o hacer más difícil el uso de la servidumbre.