Artículo 1762 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. De las fuentes de las obligaciones · Capítulo V. De las obligaciones que nacen de los hechos ilícitos De la responsabilidad por hechos propios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La indemnización del perjuicio relativo a los bienes se fijará en atención a lo que deje de ganarse por el no uso del bien, durante el tiempo que transcurra desde la producción del daño hasta su total reparación.