Artículo 2613 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo decimo quinto. De los contratos aleatorios · Capítulo II. De la renta vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La renta vitalicia será un contrato aleatorio por el cual el deudor se obliga a pagar, periódicamente, una pensión durante la vida de una o más personas determinadas, mediante la entrega de una cantidad de dinero o de un bien mueble o raíz estimados, cuyo dominio se le transferirá desde luego.