Artículo 882 del Código Civil de Guerrero
Libro tercero. De los bienes y derechos reales · Titulo tercero. De la propiedad · Capítulo VI. De la copropiedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Si el dominio no fuere divisible, o el bien no admite cómoda división y los partícipes no se pusieren de acuerdo en que sea adjudicado a alguno de ellos, se procederá a su venta y a la repartición de su precio entre los interesados.