Artículo 91 del Código Civil de Guerrero
Libro primero. De las personas · Titulo tercero. De la tutela · Capítulo V. De la tutela legítima de los menores abandonados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La ley coloca a los expósitos bajo la tutela de la persona que los haya acogido, quien tendrá las obligaciones, facultades y restricciones establecidas para los demás tutores.