Artículo 255 del Código Penal de Guerrero
Persecución por querella en razón de la calidad del agente
Libro Segundo. Parte Especial · Título Décimo Tercero. Delitos contra el patrimonio · Capítulo X. Disposiciones comunes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 22 de mayo de 2026
Los delitos previstos en este título se perseguirán por querella cuando sean cometidos por un ascendiente, descendiente, cónyuge, parientes por consanguinidad hasta el segundo grado, adoptante o adoptado, concubina o concubinario, o parientes por afinidad hasta el segundo grado.