Artículo 1593 del Código Civil de Hidalgo
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo cuarto. De la sucesion legitima · Capitulo II. De la sucesión de los descendientes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
El adoptado hereda como un hijo natural reconocido; pero no hay derecho de sucesión entre el adoptado y los parientes del adoptante.