Artículo 1595 del Código Civil de Hidalgo
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo cuarto. De la sucesion legitima · Capitulo II. De la sucesión de los descendientes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Si el intestado no fuere absoluto, se deducirá del total de la herencia la parte de que legalmente haya dispuesto el testador, y el resto se dividirá de la manera que disponen los artículos que preceden.