Artículo 2333 del Código Civil de Hidalgo
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo cuarto. De las donaciones · Capitulo I. De las donaciones en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
El donante sólo es responsable de la evicción de la cosa donada si expresamente se obligó a prestarla.