Artículo 973 del Código Civil de Hidalgo
Libro segundo. De los bienes · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo IV. Del derecho de accesión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
El que edifica, planta o siembra de mala fe en terreno ajeno, pierde lo edificado, plantado, o sembrado, sin que tenga derecho de reclamar indemnización alguna del dueño del suelo ni de retener la cosa.